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Preguntas Frecuentes

Es un contrato mercantil donde se formaliza la voluntad de una persona natural o jurídica llamada Fideicomitente, quien transmite ciertos y determinados bienes o derechos a Banco FICOHSA como Fiduciario para que se destine los mismos conforme los fines previstos en el contrato, a favor de una tercera persona natural o jurídica denominada Fideicomisario y quien también puede ser el mismo Fideicomitente.

La finalidad del Fideicomiso es la conservación, administración, protección e inversión de su patrimonio, con el fin de incrementarlo y resguardarlo de ciertas eventualidades o buscar mayores beneficios y seguridad para sus recursos.- El Fideicomiso es un instrumento que permite satisfacer cualquier finalidad, siempre que la misma sea lícita, determinada y posible; cumplidos estos requisitos no existen limitaciones en cuanto a la finalidad que pueda perseguirse contractualmente en el Fideicomiso.

Los participantes o elementos personales que conforman un Fideicomiso son los siguientes:

El Fideicomitente: Es la persona natural o jurídica que trasmite la titularidad de los bienes o derechos a Banco FICOHSA como Fiduciario y mediante el primero designa a uno o varios Beneficiarios.

El Fiduciario: Es el Banco autorizado como Banco FICOHSA que recibe los bienes o derechos para ser administrarlos para disponer de ellos para conseguir cierto fin licito determinado dentro del fideicomiso.

El Fideicomisario: Es la persona natural o jurídica que recibe los beneficios, bienes o derechos producto de la administración del Fideicomiso, en el cual puede ser el mismo Fideicomitente.

Debido a la importancia de este tipo de contratos, es imprescindible que el Fideicomiso sea manejado por una institución financiera sólida como Banco FICOHSA, a continuación se presentan algunas de las ventajas más relevantes que ofrece los Fideicomisos de Banco FICOHSA:

Flexibilidad: El Fideicomiso se ajusta a la medida de las necesidades del cliente y de cada operación en particular.

Administración eficiente y profesional: Mantenemos un alto compromiso de servicio con los clientes, de acuerdo a los términos y condiciones del contrato.- Ejecutando los fines del fideicomiso en forma técnica y profesional por Ejecutivos y funcionarios capaces, contando asesores nacionales e internacionales de grupos de expertos y confiables.

Fidelidad: Por cuanto el único intereses del Fiduciario es cumplir con la voluntad del Fideicomitente y con base a los fines del Contrato de Fideicomiso establecido.

Inembargabilidad: Como la propiedad de los bienes fideicomitidos salen del patrimonio del Fideicomitente y se manejan de manera separa de los del Fiduciario, por lo tanto estos no son susceptibles de embargo, ni están sujetos de quiebra o concurso del Fiduciario.

Formalidad: Escritura pública o Contrato privado, según el tipo de bienes o derechos que se fideicomitan.

Protección: Contra mal uso, destino o pérdida culpable. El Fideicomiso permite resguardar los bienes fideicomitidos.

Incremento: En cualquier tiempo puede incrementarse el patrimonio con otros bienes, derechos y/o sustituirlos por otros, si así se pacta en el contrato.

Sucesiones: Se pueden designar, de conformidad a la ley, Fideicomisarios sustitutos para caso de fallecimiento de los titulares, evitándose así problemas sucesorios.

Patrimonio autónomo: Los bienes aportados a un fideicomiso conforman un patrimonio autónomo, separado de los bienes propios del Fiduciario, como de los demás bienes del Fideicomitente, sobre los cuales el Fiduciario ejerce la titularidad para cumplir con el encargo encomendado.

Información permanente: Tanto los Fideicomitentes, Fideicomisarios, Comité Técnicos, Comités Especiales o quienes estos designen, tienen de parte del Fiduciario información periódica de acuerdo a lo pactado en el contrato, así como a la extinción del contrato.

Modificaciones: Tanto el Fideicomitente como el Fideicomisario, dependiendo de lo que se pacte en el Contrato, pueden imponer modificaciones a los fines, términos o condiciones del fideicomiso.

Supervisión: La operación del Fiduciario es supervisada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), por Auditores Independientes y Áreas de Control y Supervisión interna.

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